Reclamaciones de ACTUALIDAD
GASTOS DE CONSTITUCIÓN
PRESTAMO HIPOTECARIO
(*) RECLAMACIÓN CONTRA LA ENTIDAD BANCARIA POR LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DEL PRESTAMO HIPOTECARIO DE TU VIVIENDA HABITUAL.
- Los gastos que se pueden reclamar son los de constitución del préstamo hipotecario de TU VIVIENDA HABITUAL (donde tu vives normalmente).
- NO se pueden reclamar los gastos de constitución del préstamo hipotecario de un local comercial, otra vivienda que tengas en alquiler, etc...
- TÚ tienes que ser CONSUMIDOR para que se te aplique la normativa de consumidores y usuarios, y poder pedir la nulidad por abusiva de esta cláusula, al tratarse de una cláusula NO NEGOCIADA incluida por el banco en tu préstamo hipotecario.
- ESTA RECLAMACIÓN JUDICIAL afecta SÓLO a los préstamos hipotecarios suscritos con anterioridad al 16 de junio de 2019.
- A partir del 16 de junio de 2019
en adelante,
los gastos de formalización de préstamo hipotecario
se regulan por
la Ley 5/2019,
y señala los gastos que tiene que asumir el banco prestamista y el cliente.
El CRITERIO ES OTRO.

PREGUNTAS MAS FRECUENTES
GASTOS DE CONSTITUCIÓN
PRESTAMO HIPOTECARIO
¿Qué gastos se pueden reclamar para los prestamos hipotecarios firmados ANTES DEL 16 DE JUNIO DE 2019?
Los GASTOS de constitución del préstamo hipotecario que puedo reclamar al banco, SON:
- El 50% del importe de la factura del Notario que hizo la escritura pública de constitución de préstamo hipotecario de tu vivienda habitual.
- El 100% del importe de la factura de la Gestoria que intervino en la operación de préstamo hipotecario de tu vivienda habitual.
- El 100% del importe de la factura del Registro de la Propiedad que inscribió tu escritura pública de constitución de préstamo hipotecario de tu vivienda habitual.
- El 100% del importe de la factura de la tasación del inmueble(vivienda habitual) que tuviste que pagar para que el banco te diera el préstamo hipotecario de ese inmueble (tu vivienda habitual).
Para los prestamos hipotecarios firmados DESPUES del 16 de junio de 2019, ¿cual es el reparto de los gastos de constitución del préstamo hipotecario?
A partir del 16 de junio de 2019 (fecha de la entrada en vigor de la Ley 5/2019), el reparto de los gastos de los contratos de prestamo hipotecario ES EL SIGUIENTE:
- Gastos de Tasacion: Consumidor.
- Gastos Registro Propiedad: Banco.
- Gastos Gestoria: Banco.
- Gastos notariales: Banco.
- Impuesto AJD: Banco.
¿Puedo reclamar también los GASTOS de la COMPRAVENTA del inmueble?
- NO se pueden reclamar los gastos de la COMPRAVENTA de tu vivienda habitual, ni el impuesto que pagaste cuando compraste tu vivienda habitual.
- Sólo se pueden reclamar los gastos de CONSTITUCION del préstamo hipotecario de tu vivienda habitual.
¿Qué DOCUMENTOS necesito para reclamar los GASTOS de constitución del préstamo hipotecario de la vivienda habitual?
SON NECESARIAS LAS FACTURAS:
- Del Notario que hizo la escritura pública de constitución de préstamo hipotecario de la vivienda habitual.
- De la Gestoria que intervino en la operación de préstamo hipotecario de la vivienda habitual.
- Del Registro de la Propiedad que inscribió la escritura pública de constitución de préstamo hipotecario de la vivienda habitual.
- De la empresa tasadora que hizo la tasación del inmueble (la vivienda habitual) del préstamo hipotecario.
Y TAMBIÉN ES NECESARIA la escritura pública del préstamo hipotecario de la vivienda habitual y SUS POSTERIORES MODIFICACIONES (si las hubiere).
¿A quién tengo que reclamar la devolución/restitución del dinero que pagué de los gastos de constitución del préstamo hipotecario de la vivienda habitual?
SIEMPRE se reclama al banco con el que firmaste la escritura pública de préstamo hipotecario de la vivienda habitual.
Además del importe de estos gastos de constitución del préstamo hipotecario, ¿qué otros importes puedo reclamar?
También puedes reclamar:
- Los intereses devengados desde la fecha en que pagaste estas facturas al tipo de interés legal del dinero hasta sentencia, y después de sentencia.
- Los intereses del articulo 576 LEC.
- Las costas judiciales del procedimiento judicial.
¿Es SEGURA esta reclamación?
SI ES SEGURA, si se aporta la documentación correcta, es decir:
a) La escritura pública de préstamo hipotecario de la vivienda habitual que firmaste con el banco en la que se incluyó una cláusula de gastos que te obligaba de forma genérica a pagar todos los gastos de constitución del préstamo hipotecario.
b) Las facturas de estos gastos constitución de préstamo hipotecario de la vivienda habitual que se reclaman (Notario, Gestoría, Registro Propiedad y tasación del inmueble hipotecado).
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